AUTOS ORIGINALES RESTAURADOS
Esta nueva ley viene a suplir la laguna legal en torno a la fabricación de autos en bajas series, reemplazando al tan temido como extinguido AFF (armado fuera de fabrica) y permitiendo de esta forma la homologación, patentamiento y circulación de estos vehículos. Para sorpresa nuestra entre las 4 categorías que contempla, está la AR4 “ Automotor Restaurado” – siendo considerado como tal aquel con mas de 30 años de antigüedad, vuelto a poner en valor, con sus componentes originales, pero aceptándose pequeñas diferencias sin alterar su esencia.
– Maximo de 25 unidades por año
-Revision Técnica Obligatoria cada 2 años
– Estar registrado con anterioridad, lo cual nos remite a la Ley 24.449 y al Regimen de Automoviles Clasicos en caso no lo estuviera
– Restaurado en un taller inscripto ante la autoridad de aplicación INTI y con el seguimiento de un profesional Ingeniero matriculado en adelante llamado Representante Técnico, el cual será el responsable ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor de la restauración y seguimiento de su puesta en valor, una vez hecho esto, sera apto para circular
-No se exigira luces, elementos de seguridad (cinturones, apoyacabezas) y otros sistemas mas alla de los originales y utilizados en su época de fabricación.
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